Boleta de Venta

¿Quiénes deben entregar boleta de venta?
Todos aquellos que vendan bienes o presten servicios a consumidores finales, por ejemplo, en bodegas, restaurantes, farmacias, zapaterías, ferreterías, etc. Aquellos comprendidos en el Régimen Único Simplificado. 

¿Se debe identificar al comprador o usuario en la boleta de venta?
Cuando el importe de la venta y/o el servicio prestado supere 1/2 U.I.T será necesario identificar al comprador o usuario, consignando sus apellidos y nombres, dirección y número del documento de identidad.

¿Existe un monto mínimo para la emisión de las boletas de venta?
En efecto, si el monto de la venta no supera los cinco nuevos soles ( S/. 5.00 ), no hay obligación de entregar boleta de venta, salvo que el comprador lo solicite.
En el caso de efectuar ventas menores a cinco nuevos soles, el vendedor deberá llevar un control diario, emitiendo una boleta de venta al final del día por el importe total de estas operaciones. Debe conservar en su poder el original y copia de la Boleta.

¿Permiten ejercer el derecho al crédito fiscal?

No. Las boletas de venta no permiten ejercer el derecho al crédito fiscal ni sustentar gasto o costo para efecto tributario, salvo en los casos señalados expresamente por la ley. 


 Requisitos de las boletas de Venta

En operaciones realizadas por los sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado, incluso en las de exportación que puedan efectuar dichos sujetos.


INFORMACIÓN IMPRESA
INFORMACIÓN NO NECESARIAMENTE IMPRESA
Datos de identificación del obligado:
Apellidos y nombres, o denominación o razón social
Además deben consignar su nombre comercial si lo tuvieran.
Dirección del domicilio fiscal y del establecimiento donde esté localizado el punto de emisión.
Número de RUC.
Bien vendido o cedido en uso, tipo de servicio prestado, número de serie y/o número de motor si se trata de un bien identificable.
Denominación del Comprobante:
“BOLETA DE VENTA”
Importe de la venta o del servicio prestado.
Numeración
Serie y número correlativo
Fecha de emisión
Datos de la imprenta que realizo la impresión:
Número de RUC
Fecha de impresión
Cuando el importe de la boleta de venta supere los S/. 700.00, será obligatorio consignar los datos de identificación del adquiriente o usuario:
·         Apellidos y nombres
·         Número de documento de identidad
Número de autorización de impresión otorgado por la SUNAT: que debe estar junto con los datos de la empresa gráfica
Destino del original y las copias:
En el original: EMISOR
En la primera copia: ADQUIRIENTE O USUARIO
           


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